¿Los plazos fijos en pesos están exentos en el impuesto sobre los bienes personales? ¿Y en el impuesto a las ganancias?
En bienes personales los plazos fijos en pesos o moneda extranjeras en instituciones financieras del país se encuentran exentos.
En ganancias, los intereses de plazos fijos se encuentran alcanzados por el impuesto cedular, siempre que el importe percibido supere el minimo no imponible de $66.917,91 anuales, y sobre el excedente de aplica la alícuota del 5%, si se trata de un plazo fijo en pesos y sin cláusula de ajuste. >
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29 de noviembre de 2017
,por Grenabuena, Silvia R.
1. Ámbito de aplicación y vigencia
El impuesto sobre los bienes personales, se aplicará en todo el territorio de la Nación, durante nueve (9) períodos fiscales, siendo el primero de ellos el cerrado el 31 de diciembre de 1991.
De acuerdo a la vigencia de este impuesto, el período fiscal 1999 debería haber sido el último año que se gravarían los bienes personales, pero el 31 de diciembre de 1999 se publicó en el Boletín Oficial la Ley de Reforma Tributaria, Ley N° 25.239, la cual dispuso que el impuesto sobre los bienes personales se prorroga por el término de dos (2)... >
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Aspectos Principales. Vencimientos Período Fiscal 2015
25 de febrero de 2016
,por Grenabuena, Silvia R.
1.
INTRODUCCIÓN
Ante la próximidad del vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales por el período fiscal 2015, a continuación comentamos cuales son los sujetos del impuesto, el hecho imponible, los bienes gravados, los bienes exentos, las alícuotas aplicables y las fechas de vencimientos, y en el próximo número desarrollaremos un caso práctico de liquidación de este gravamen.
2.
HECHO IMPONIBLE
Este impuesto grava la totalidad de los bienes personales, que el contribuyente –residente en el país– posea al... >
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¿Las cuentas de un plan de seguro de retiro privado están gravadas en el impuesto sobre los bienes personales?
Las cuentas individuales correspondientes a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, estan exentas en el impuesto sobre los bienes personales. >
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Hasta el período fiscal 2006, las personas físicas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, gozaban de un monto mínimo exento en el impuesto sobre los bienes personales.
Dicho monto mínimo era equivalente a ciento dos mil trescientos pesos ($ 102.300), y cuando el valor de los bienes superaba al mínimo exento, se debía determinar el impuesto aplicando la alícuota sobre el excedente de $ 102.300.
La [Ley Nº 26.317->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article31169&var_recherche=26.317], publicada en el Boletín Oficial del 10 de... >
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